El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades) emitió la Resolución N.º 511, mediante la cual establece oficialmente el periodo de veda pesquera 2026-2027 en todo el territorio nacional, abarcando las modalidades de pesca deportiva y comercial en cualquier cuerpo de agua.
De manera general, la prohibición regirá desde el 2 de noviembre y se extenderá hasta el 21 de diciembre de 2026 en los tramos fronterizos compartidos con la República Argentina, así como en los ríos, arroyos, lagos y lagunas interiores del país. Por otra parte, en las aguas compartidas con la República Federativa del Brasil, la restricción se prolongará hasta el 31 de enero de 2027, cumpliendo con los acuerdos binacionales para asegurar la sostenibilidad de las poblaciones ícticas.
Durante este lapso quedan terminantemente prohibidas la extracción, el transporte y la comercialización de productos pesqueros silvestres, además del uso de artes de pesca no autorizadas, buscando resguardar el ciclo biológico y reproductivo de las especies.
La normativa contempla excepciones exclusivas para la pesca de subsistencia practicada desde la ribera por moradores ribereños autorizados, con un límite diario de 5 kg de especies variadas, quedando prohibido el empleo de embarcaciones. Asimismo, los establecimientos comerciales que posean stock declarado dispondrán de un plazo perentorio de 10 días corridos para vender sus productos remanentes, mientras que la acuicultura habilitada mantendrá su comercialización regulada.
Fuente: www.lanacion.com.py

