La Corte Suprema de Justicia dictó un acuerdo y sentencia favorable al Estado paraguayo, mediante el cual se evita el desembolso millonario de ₲ 12.169.741.440, monto que la empresa Laya Construcciones S.A. pretendía cobrar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS).

El caso se originó con la Resolución N.º 193 del 21 de septiembre de 2018, dictada por el MTESS, que dispuso la rescisión del contrato N.º 03/18, firmado con Laya Construcciones S.A., en el marco de la Licitación Pública Nacional SBE N.º 02/2018 para la prestación de servicios de limpieza.

La rescisión del contrato se basó en el incumplimiento de la empresa, que no presentó en tiempo y forma la póliza de seguro contra accidentes personales, requisito indispensable para la ejecución del servicio. Posteriormente, la empresa presentó una póliza con vigencia retroactiva, antes de la determinación de la rescisión, lo que llevó al Tribunal de Cuentas, Primera Sala, a anular la resolución del MTESS y mantener vigente el contrato.

Ante esta decisión, la Procuraduría General de la República (PGR), junto con el Ministerio de Trabajo, interpuso un recurso de apelación, argumentando que la rescisión se ajustó plenamente a derecho y que se respetaron todas las formalidades legales, conforme a la Ley N.º 2051/03 “De Contrataciones Públicas”.

La PGR sostuvo que la empresa tuvo la oportunidad de ejercer su derecho a la defensa, y que no se produjo ninguna vulneración al debido proceso. Además, subrayó que el MTESS actuó dentro de sus atribuciones regladas, al resolver la rescisión unilateral del contrato debido al incumplimiento comprobado de las obligaciones contractuales.

La Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, resolvió hacer lugar a los recursos de apelación presentados por la PGR, revocando el Acuerdo y Sentencia N.º 408 del Tribunal de Cuentas. De esta forma, se confirmó la validez de la rescisión unilateral dispuesta por el Ministerio de Trabajo.

En su resolución, la Corte concluyó que la presentación tardía de la póliza de seguro no podía subsanar el incumplimiento inicial, por lo que la medida adoptada por la autoridad administrativa fue ajustada a derecho. Asimismo, impuso las costas del proceso a la parte perdidosa, en este caso, Laya Construcciones S.A.

El fallo representa una importante victoria judicial para el Estado paraguayo, al evitar un desembolso superior a los doce mil millones de guaraníes y ratificar la legalidad de los procedimientos administrativos aplicados por el MTESS en materia de contrataciones públicas.

Fuente: www.lanacion.com.py