En el decreto 2.230/19 se argumenta como primera medida que el programa plantea la administración de recursos de las binacionales de Itaipu y Yacyreta por parte de la ANDE para hacer efectivo el programa.

Sobre este punto, el Ejecutivo recuerda que las binacionales se rigen mediante tratados entre los países contratantes y la administración de sus fondos es responsabilidad del Consejo de Administración y del Directorio Ejecutivo.

Señala además que las binacionales no pueden quedar sujetas unilateralmente a cualquier órgano del Paraguay, o del Brasil y Argentina “por más alta que sea su jerarquía en el ordenamiento jurídico interno”.

Agrega también que los mecanismos de control de las empresas binacionales son las establecidas a nivel interno o por los procedimientos acordados en los correspondientes tratados bilaterales.